Municipalidad de AvellanedaAv. Güemes 835 PB, Avellaneda (CP.1870)Ver Mapa¿Cómo Llego? Líneas de colectivos: 74, 85, 95, 100 (1 y 3), 293, 178 G, 247 (7), 295 (4 y 5), 446, 271 D y 570 |
Secretaría de Hacienda y AdministraciónDirección General TributariaHorario de AtenciónLunes a Viernes de 8.00 a 16.00 Hs Tel. 5227-7469/7315 |
Se encuentran exentos del pago de la Tasa por Servicios Generales (T.S.G.) los jubilados y/o pensionados de todos los regímenes nacionales, provinciales y municipales de previsión social que sean responsables del pago de la Tasa cuyos ingresos no superen el monto equivalente a la suma de dos jubilaciones y media (2.5) del haber mínimo básico establecido por el Poder Ejecutivo Nacional. (Art. 103 inc a) O.F.V).
Respecto del Solicitante:
Respecto del Inmueble:
Respecto del Grupo Familiar Conviviente:
La eximición prevista es de carácter individual y deberá ser gestionada por cada titular del beneficio previsional, o por su representante o apoderado designado a los efectos del cobro, con la fotocopia de su documento de identidad.
El trámite no tiene costo para el Contribuyente.
Luego de visar la documentación en la Dirección General Tributaria esta deberá ser presentada por el contribuyente o su representante ante la Mesa General de Entradas del Municipio sita en Av. Güemes 835 PB en el horario de 8 a 15.45 hs.
Se estima que el trámite se encontrará finalizado dentro de los 15 días hábiles a partir del inicio del mismo ante la Mesa General de Entradas. La Direccion General Tributaria emitirá una Disposición formalizando el beneficio otorgado.
La exención comenzará a regir al haberse cumplimentado los requisitos exigidos y asimismo se perderán sus beneficios al momento en que se verifique que uno de sus requisitos no se está cumplimentando.
El presente trámite deberá ser renovado anualmente.
Comunicarse con la Dirección General Tributaria, sita en el Edificio Municipal ubicado en Av. Gral. Güemes 835 PB o bien telefónicamente al Tel.5227-7469/7315.